Hoy voy a escribir un artículo que combina a la perfección mis estudios (Grado en Información y Documentación) con mi hobby (la política). Un artículo que habla sobre un tipo de soporte de escritura de la historia.
Quizás alguna vez hayáis
escuchado la palabra “ostracismo”.
Según la Real Academia de Española de la Lengua tiene dos acepciones “1. m.
Entre los antiguos atenienses, destierro político. 2. m. Apartamiento de
cualquier responsabilidad o función política o social.”.
La palabra proviene del griego “ostrakismos”.
Así se llamaba a la pena de destierro en la Antigua Grecia. La ley de
ostracismo fue decretada en Atenas en 510 a. C. por Clístenes, el cual fue un
legislador ateniense que consiguió encauzar la ciudad hacia la democracia (los
griegos fueron pioneros en aplicar la democracia).
Clístenes fue gobernante durante
la Tiranía de Hipias. En 514 a. C. al ser asesinado el hermano de Hipias, su
gobierno se radicalizó y aumentaron las represiones. Esta radicalización
provocó un cambio de actitud popular y aristocrática. Los espartanos asediaron
la Acrópolis y desterraron a Hipias (510 a.C.).
Para evitar el retorno de
cualquier tiranía, Clístenes creó la institución del ostracismo. El nombre
viene del modo en que se votaba, puesto que los nombres de las personas que se
querían desterrar se inscribían con un punzón sobre un óstrakon.
El término “óstrakon” designa los
trozos de cerámica que se utilizaban como borradores para aprender a escribir.
Significa “teja” o “trozo de vasija”. En general, trozos cóncavos con forma de
concha. En ellos se escribía el nombre de los ciudadanos que serían desterrados
tras la votación.
Estas votaciones se realizaban al
pie de la colina en Kerameicos, donde se ubicaba el barrio del gremio de
alfareros de Atenas. Allí los artesanos arrojaban los trozos defectuosos de
cerámica.
El exilio no era permanente. El
exiliado no perdía sus derechos como ciudadano. Además, podía ser perdonado por
una nueva votación de esta asamblea. La persona que hubiera obtenido el mayor
número de votos debía de abandonar la ciudad durante 10 años, siempre y cuando
se hubiera llegada al quórum mínimo exigido, que se cifraba en 6000 personas.